Con la aprobación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se introducen diversas novedades para incrementar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de normas, entre las que destaca la necesidad de solicitar, con carácter previo a la elaboración de la norma, la opinión de ciudadanos y empresas sobre los problemas que se quiere solucionar con la iniciativa, la necesidad y la oportunidad de aprobarla, los objetivos de la norma y posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras. Por ese motivo, el artículo 133 regula dicha participación de los ciudadanos.
Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa
El Reglamento del servicio del mercado municipal tiene por finalidad obtener una regulación eficaz del servicio con un sistema de gestión ágil y moderno, con una regulación de las condiciones de los puestos, de los derechos y deberes de los paradistas, de las normas de funcionamiento del mercado, y del régimen de infracciones y sanciones, que busca el mayor detalle de la regulación, a fin de garantizar la máxima calidad del servicio y la máxima la seguridad jurídica de los agentes económicos que prestan sus servicios dentro del mercado.
Esta iniciativa pretende:
Obtener una adecuada reglamentación y un marco normativo actual.
Detallar y describir los conceptos, derechos, obligaciones y deberes, trámites y procedimientos que comporta el servicio y el acceso al mismo.
Convertir al mercado municipal en un servicio público eficaz, un mercado de referencia que ofrezca servicios de valor añadido a la población.
Necesidad y oportunidad de la aprobación del Reglamento
El Ayuntamiento ha promovido la redacción de este Reglamento para afrontar las siguientes necesidades:
La falta de regulación del servicio.
La necesidad de actualizar y describir detalladamente el procedimiento de gestión del servicio.
Ahorrar gestiones administrativas y simplificar procedimientos.
Así pues, es oportuno en estos momentos, después de la experiencia de los últimos años, iniciar un trabajo técnico incorporando la visión de la ciudadanía hacia el servicio.
Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
El Reglamento comporta una mayor seguridad jurídica y una mayor clarificación y acceso a la información por parte de los usuarios y usuarias del servicio y por parte de los operadores.
Un planteamiento basado en no abordar estas actualizaciones restaría peso a la voluntad expresa del Ayuntamiento de ofrecer una mejor publicidad y transparencia en los asuntos referentes al servicio del mercado.
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