Esta propuesta ha sido aceptada parcialmente porqué:
Le informamos que su propuesta ha sido estudiada en la Comisión normativa municipal que ha elaborado el Reglamento de los presupuestos participativos. Una vez valorada, la Comisión ha decidido incorporar parcialmente sus propuestas. A continuación detallamos las propuestas que no han sido incorporadas y las que sí. Se desglosan las aportaciones según temática:
1: Votación online 15 días antes abierta al vecindario de Montornès.
Respuesta aceptada parcialmente: El reglamento de los presupuestos participativos abre la posibilidad de que los departamentos impulsores puedan presentar y votar en línea las candidaturas a la ciudadanía en un futuro. Actualmente, desde los departamentos impulsores, sin embargo, se apuesta por la presencialidad como forma de crear vínculos y vivenciar el proceso de deliberación y votación como escuela de participación. En el proyecto anual en el que se describe cada departamento impulsor, se definirá si en la próxima edición se incorpora la opción de la votación en línea o se sigue apostando por la presencialidad.
2: Cada propuesta deberá ir acompañada de un mínimo de 25 firmas de apoyo de personas que cumplan los requisitos de participación. // Las propuestas deben responder a necesidades de una parte significativa de la ciudadanía.
Respuesta rechazada: Hay dos filtros para garantizar que los proyectos tienen un mínimo interés ciudadano. El primero es la validación técnica del proyecto para convertirse en candidatura. En la validación técnica se valora el proyecto, que esté alineado con las finalidades de los presupuestos y que sea viable técnica y económicamente. En el caso de que no supere esta validación, el personal técnico municipal propone una reformulación o, si esta no es factible, descarta el proyecto. Después hay un segundo filtro que es la asamblea. La asamblea es el órgano que, a través de una metodología cuidada, acabará decidiendo si un proyecto tiene interés ciudadano o no. Si una candidatura supera el proceso de deliberación y votación, se entiende que ha obtenido suficiente apoyo para ser de interés ciudadano.
3: Las propuestas deben ser claras, concisas y concretas. Es necesario presentarlas con un presupuesto detallado, incluyendo el coste total estimado. No será suficiente una estimación genérica. (incluirlo en el formulario).
Respuesta aceptada: durante el proceso de presentación de candidaturas, los promotores presentan un presupuesto que contempla todas las acciones necesarias para la realización del proyecto. Este presupuesto es revisado y validado por el Ayuntamiento. En caso de que no sea realista, el Ayuntamiento solicita la reformulación del presupuesto antes de ser presentado a la asamblea.
En el caso de que una candidatura resulte ganadora pero obtenga una financiación menor de la que aspiraba, el grupo motor tiene dos opciones: puede reformular el proyecto para ejecutarlo con menos presupuesto o, en caso de que la reformulación no sea posible, deberá comunicar su renuncia.
4: Será necesario hacer difusión pública del momento en que se llevará a cabo la propuesta, con el fin de que otros ciudadanos y ciudadanas puedan participar en ella.
Respuesta aceptada: El Ayuntamiento hará difusión de los proyectos y actividades surgidos de los presupuestos participativos, con el objetivo de que la ciudadanía esté informada y pueda participar en las actividades. Los canales de difusión a través de los cuales el Ayuntamiento informa son la página web municipal, la radio municipal y las redes sociales municipales. Los grupos motores, por su parte, también pueden difundir el proyecto y abrir perfiles en las redes sociales para difundir la actividad o proyecto.
5: Tipología de propuestas admitidas: se admiten propuestas de carácter social, medioambiental y dinamizador de la ciudadanía. A modo de ejemplo, se pueden proponer: • Inversiones en mobiliario urbano • Mejora de espacios públicos • Reformas urbanísticas • Zonas verdes • Cursos de formación para sectores específicos de la localidad
Respuesta rechazada: los presupuestos participativos, tanto los que se impulsan desde el departamento de Infancia, desde el departamento de Juventud o desde el departamento de Participación ciudadana, tienen como finalidad promover proyectos y actividades de dinamización comunitaria, y no inversiones. Se entiende por acción comunitaria todas aquellas iniciativas y proyectos que abordan de forma colectiva los retos sociales, que lo hacen con la voluntad de mejorar las condiciones de vida en los barrios y de tejer una sociedad más inclusiva y más cohesionada, fomentando la convivencia en el municipio. Se entiende la convivencia como la promoción de un tejido de relaciones de cooperación y confianza entre personas y colectivos, en un contexto territorial que garantice la igualdad y equidad de oportunidades, así como la corresponsabilidad e implicación de todos en el cuidado y desarrollo de unos recursos compartidos.
6: Fase de apoyos. Una vez escogidas las propuestas, se iniciará una fase de recogida de apoyos con una duración de tres semanas. Los apoyos se podrán recoger: • Telemáticamente, a través de la plataforma participa311-montornes.diba.cat, con registro previo y correo electrónico. • Presencialmente, el día de la presentación de propuestas o en localizaciones públicas habilitadas. Podrán dar apoyo a las propuestas todas las personas empadronadas en Montornès del Vallès, mayores de 16 años, previa presentación del DNI, pasaporte o documento identificativo. Se realizarán las comprobaciones de residencia y edad en el padrón municipal.
Respuesta rechazada: los presupuestos participativos tienen como finalidad impulsar proyectos y actividades de dinamización comunitaria que se presentan, deliberan y se votan en cada una de las asambleas participativas. Esta metodología que se implementa en las asambleas garantiza que el debate y la votación de las propuestas ya cuenten con un apoyo ciudadano mínimo que legitima su elección. Las asambleas tienen como objetivo crear vínculo, fortalecer la red de ciudadanía activa y fomentar sinergias entre candidaturas. En un futuro, cuando estén bien consolidadas las asambleas, el Reglamento de los presupuestos participativos para actividades comunitarias abre la puerta a habilitar procesos paralelos previos o simultáneos de publicidad y/o votación a través de medios telemáticos.
El Pleno del Ayuntamiento de Montornès del Vallès, en sesión ordinaria de 9 de abril de 2026, aprobó inicialmente el Reglamento de los presupuestos participativos para actividades comunitarias en el ámbito de la infancia, juventud y convivencia, al tiempo que acordaba someterlo al trámite de información pública por el periodo de treinta días hábiles a contar desde el día siguiente al de la última de las publicaciones, en el BOPB, DOGC y/o en el e-tauler. El periodo comienza del 17 de abril al 1 de junio de 2026. Durante este periodo, se pueden presentar alegaciones mediante instancia genérica al Ayuntamiento o bien a través de la Plataforma Participa 311.
Reglament + Kosmos 30
Mercedes Justicia
01/10/2025 18:56
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