Consulta previa sobre la ordenanza de ahorro de agua y medidas para el abastecimiento de agua potable y usos en situación de sequía
Consulta pública previa en relación con la elaboración y aprobación de la ordenanza municipal sobre el ahorro de agua y reguladora de las medidas aplicables al abastecimiento de agua potable ya los usos del agua en situación de sequía
Acerca de este proceso
Este proceso pertenece a Participación en normativa
Con la aprobación de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se introducen diversas novedades para incrementar la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración de normas, entre las que destaca la necesidad de solicitar, con carácter previo a la elaboración de la norma, la opinión de ciudadanos y empresas sobre los problemas que se quieren solucionar con la iniciativa, la necesidad y la oportunidad de su aprobación, los objetivos de la norma y las posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras. Por este motivo, el artículo 133 regula dicha participación de los ciudadanos.
Problemas que se pretende solucionar con la iniciativa
Se pretende que haya un consumo racional de agua, y que se cumplen las normas de uso del agua en períodos de sequía permitiendo que la administración municipal pueda actuar para que se cumplan las prohibiciones y/o limitaciones establecidas por el organismo competente en materia de aguas en las Cuencas Internas de Cataluña, la Agencia Catalana del Agua.
Necesidad y oportunidad de la aprobación del nuevo Reglamento
La grave situación de sequía que se está viviendo en Cataluña comporta la necesidad de que todas las administraciones adopten medidas para garantizar, en pro de los objetivos de protección del medio ambiente y uso racional del agua, las medidas aplicables al servicio y el cumplimiento de las dotaciones máximas y demás limitaciones en materia de uso de agua. A su vez, en pro de los mismos objetivos, no sólo en épocas de sequía, comporta la necesidad de normativizar el uso del agua para no derrocharla.
La aprobación de la ordenanza es pues imprescindible para disponer de los mecanismos necesarios que deben permitir garantizar estos objetivos y contribuir a minimizar el riesgo sobre el abastecimiento de agua de boca a la población en períodos de sequía, y evitar su desperdicio en cualquier época.
Objetivos de la norma
Regular los órganos competentes con potestad para adoptar medidas excepcionales dentro del municipio, en el marco de las directrices generales, así como las obligaciones de la empresa gestora del servicio y garantizar su cumplimiento mediante las actuaciones que en derecho procedan.
Posibles soluciones alternativas reguladoras y no reguladoras
La opción de no regular esta cuestión queda descartada dado que, de acuerdo con el artículo 25.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, el municipio es competente en materia de abastecimiento de agua, y en el actual contexto de sequía, es una necesidad inaplazable adoptar medidas que contribuyan a minimizar los riesgos, a la vez que supongan un compromiso de colaboración y solidaridad con el resto del territorio de Cataluña.
No existen pues soluciones alternativas a la de la aprobación de esta norma.
La ciudadanía y las organizaciones que lo consideren adecuadas pueden remitir sus opiniones, mediante instancia general o realizar las aportaciones correspondientes a través de esta plataforma hasta el 16 de febrero.
Aportaciones Ver todas las propuestas (1)
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Creado el
13/02/2024 -
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